lunes, 19 de mayo de 2008

Sobre la Reforma

Si, es raro que después de cinco meses, por fin venga traer el tema de la Reforma. Pero, les cuento que no me refiero a la Reforma de la Constitución, que ya sabemos todos como quedo la historia en diciembre.
Hoy la Reforma de que les hablo es del "Proyecto de Reforma de la Ley Nacional de Juventud" en Venezuela, que ya fue aprobada en primera discusión en el mes de abril de este año.
Personalmente me parece buenisima la iniciativa de la Asamblea Nacional de proponer reformar la Ley Nacional de Juventud, además que representa tremenda oportunidad para proponer cambios en materia de juventud a nivel nacional.
Si bien esta Ley no ha tenido la difusión que amerita y muchos -por no decir la mayoría- de los jóvenes no la conocen, como instrumento me parece súper importante que Venezuela cuente con una Ley de este tipo, que como todo, siempre será perfectible.
Ahora, como todo es perfectible y aparentemente yo soy naturalmente crítica, no puedo dejar de incluir mis observaciones sobre este reforma. Aclaro que no sé nada de leyes, por tanto mis observaciones serán un cúmulo preguntas, acá se las dejo.
1) ¿Juridicamente, cuál es la diferencia entre "Sociedad" y "Pueblo"?
2) ¿Por qué en todos los artículos en donde se incluía la palabra "sociedad" ahora se lee "pueblo"?
3) ¿Cómo es eso que es deber de los jóvenes y las jóvenes "participar en la defensa integral de la nación"? (art 17)
4) ¿Eso no va en contra del numeral 3 del Artículo 12, de la Convención Iberoamericana de los Derechos de Jóvenes?
5) Venezuela firmo la Convención, no la ratifico aún, pero el que la firmará, ¿no demuestra una intención y correspondencia con lo que ahí se dice?
6) ¿Qué con los Consejos del Poder Popular de la Juventud? ¿cómo se conforman?
7) ¿Por qué todas las "iniciativas juveniles" deben ahora desarrollar sus actividades a través de estos Consejos?
8) ¿Por qué suprimir el art 65? Que dice: "Las Instituciones, organizaciones y movimientos de la sociedad civil que trabajen en pro de la juventud, participaram en la ejecución de la presente Ley de manera particular, integrandose al Sistema Nacional de la Juventud; y podrán conformar redes a escala local, municipal, regional y nacional que les permitan compartir experiencias y realizar programas mutuamente y realizar programas con el Estado"
9) ¿Por qué en Comisión Nacional de Juventud no están presentes las ONG, por ejemplo?
10) ¿Por qué llamarla "reforma parcial" si está proponiendo modificar el 42% de los artículos? ¿eso no sería más bien, una nueva Ley Nacional de Juventud?

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